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ABORTO - Noviembre 2000.

CENDOC - CIDHAL.

La despenalización en el estado de Chiapas del aborto voluntario dentro de los primeros noventa días de gestación *

CLASIFICACIÓN DE LOS ABORTOS

Tipos de Abortos.

Existen diferentes tipos de aborto, a continuación conoceremos cuántos hay y cuáles están tipificados como delitos en el Código Penal Federal, del Estado de Oaxaca y Chiapas.

Dentro de los grandes penalistas expondremos algunas clasificaciones de tipos de aborto; con el propósito de saber cómo se les debe de llamar esto para tener una idea, de lo que queremos referir con respecto a lo que llamamos aborto voluntario.

Acerca de los distintos tipos de aborto, Quiroz Cuarón hace la siguiente clasificación. Gráfico

También el Dr. Gustavo A. Rodríguez en su manual de Medicina Legal, da a conocer una clasificación que trata al aborto desde el punto de vista del desarrollo del producto y dice que se le ha llamado aborto "ovular" al que se efectúa dentro de los primeros veinte días de la fecundación, de los veinte días hasta los tres meses se le llama aborto "embrionario" y de los tres meses en adelante se le llama aborto "fetal".

Para los sustentantes esta clasificación carece de sustento científico, ya que es difícil diagnosticar un embarazo dentro de los primeros veinte días.

En obstetricia es aborto, como ya vimos en nuestro primer capítulo, hasta los cinco meses y medio, de los seis meses en adelante es considerado parto prematuro. Legalmente es aborto, en cualquier época de la preñez, siempre que sea con el fin de interrumpir la vida del producto.

Hay tres tipos de aborto los cuáles se tratan de explicar y someter al análisis crítico:

El Aborto Procurado.- llamado también auto aborto, aborto propio o aborto provocado, es el que se provoca la propia mujer embarazada con el fin de causar la muerte del producto de su embarazo, usando técnicas como: tomar pastillas, hierbas abortivas, o introducirse objetos en la vagina. La mayoría de mujeres que recurre a este tipo de aborto lo realizan en los primeros tres meses de embarazo, cabe hacer mención que el aborto procurado es altamente peligroso para la mujer, ya que no tiene información sobre las secuelas que éste puede presentar tanto físicas como psicológicas.

El Aborto Sufrido.- Es realizado por terceras personas sin el consentimiento de la mujer embarazada. Este tipo de aborto es el que, a nuestro entender, el legislador debería de mantener como delito ya que se realiza en contra de la voluntad de la mujer embarazada afectando los derechos de reproducción de la pareja.

El Aborto Consentido.- Consiste en la muerte del producto de la concepción, causada por cualquier persona, con la anuencia de la mujer preñada. A diferencia del aborto sufrido, la presencia de la anuencia de la mujer embarazada nos lleva a la conclusión de que el único bien lesionado es la vida del producto de la concepción.

El Dr. Gustavo A. Rodríguez establece que en la legislación actual, hay impunidad en los siguientes tipos de abortos:

1.- El aborto consentido, "honoris causa o por móvil de honor".

2.- El aborto procurado por la propia madre en el que existe móvil de honor.

3.- El aborto quirúrgico o de necesidad, es decir, aborto consentido o procurado.

4.- El aborto imprudencial y culposo.

Cabe señalar que posteriormente se hace mención de las disposiciones legales en que estos tipos de aborto se encuentran tipificados en el Código Penal Federal.

González de la Vega, sugiere que referente a una clasificación correcta, acerca del aborto se debe de tomar en cuenta la de Francisco Guzmán, misma que consistiría en distinguir primero los abortos practicados por terceros, pero consentidos por la mujer embarazada, entre ellos el genérico y el honoris causa; y segundo, los abortos sufridos sin consentimiento, sin violencia o con ella.

Desde nuestro particular punto de vista, consideramos que Pavón Vasconcelos nos da a conocer una clasificación más apegada a lo que establece el Código Penal Federal vigente, ya que nos dice que en nuestra legislación se reglamenta en los artículos 330 y 332 las siguientes clases de aborto punibles,

a).- Aborto Consentido, sin concurrencia de una causa o móvil de honor.

b).- Aborto Consentido por móvil de honor o también llamado aborto por honoris causa.

c).- Aborto Sufrido sin violencia.

d).- Aborto Sufrido con violencia.

e).- Aborto Procurado por la propia mujer con móvil de honor (autoaborto).

f).- Aborto Procurado por la propia mujer sin móvil de honor (aborto ilegal).

Tales formas de aborto pueden comprenderse dentro de las denominaciones genéricas siguientes:

1).- Aborto Consentido.

2).- Aborto Sufrido.

3).- Aborto Procurado.

Jiménez Huerta, al hablar acerca de los distintos tipos de aborto, dice lo siguiente: Tiene importancia, por ser una clasificación con base dogmática en el ordenamiento vigente, la formulada por Marciano para diferenciar las diversas hipótesis fácticas del delito de aborto.

El aborto procurado, es cuando la mujer es partícipe de la conducta realizada.

Acerca del aborto procurado quedó claro que la mujer es el sujeto activo primario, ya que ella efectúa sobre sí misma, las maniobras dirigidas a producir la muerte del producto del embarazo e ingiere las sustancias adecuadas para alcanzar dicho fin.

Para Jiménez Huerta Es necesario que la madre realice íntegramente los actos ejecutivos, pues si una parte de dichos actos fuere realizado por terceras personas, estaríamos en la hipótesis fáctica del aborto consentido. Sin embargo, las terceras personas que intervengan en la preparación del hecho o que hubieren inducido a ejecutarlo o prestado auxilio, son también responsables.

 

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* La despenalización en el estado de Chiapas del aborto voluntario dentro de los primeros noventa días de gestación. / Ma. Nancy Morales Avendaño y Juan Antonio de los Santos Robledo. México: M. N. Morales Avendaño: J. A. de los Santos Robledo, 1996.
Del capítulo 1: 1.1, 1.2
Del capítulo 2: 2.2, 2.5, 2.6
Del capítulo 4: 4.1, 4.2, 4.3
Todo el capítulo 5 y las conclusiones

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